CAEC, el seguro catastrófico para todos los afiliados a Isapre

/ 21 de Julio de 2015
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Patricia Zárate Suárez Jefe Unidad GES-CAEC Isapre Masvida

La Cobertura Adicional de Enfermedades Catastróficas (CAEC) es un beneficio al que todo afiliado a Isapre tiene derecho. Su finalidad es aumentar la cobertura en el ámbito de las prestaciones hospitalarias que otorga el Plan Complementario de Salud al afiliado y a sus beneficiarios, dentro del país. Es importante destacar que no implica un costo mensual adicional al Plan contratado.

En el ámbito ambulatorio la CAEC cubre prestaciones especificas tales como radioterapia, drogas inmunosupresoras en caso de transplantes, quimioterapia y medicamentos coayudantes.

Este beneficio otorga cobertura al afiliado mediante una red médica nacional, Red CAEC, establecida por la Isapre según la enfermedad del usuario, que involucra tanto a profesionales acreditados (médicos y personal especializado) como a establecimientos de salud (clínicas, hospitales o centros de diagnóstico). 

La sola presunción de que una enfermedad podría generar un copago superior para el afiliado, sin importar el diagnóstico, podría dar paso para activar una CAEC. Esto quiere decir que no existen diagnósticos definidos como “Enfermedades Catastróficas”, siendo los únicos requisitos el que la prestación a efectuarse esté considerada en el arancel base de prestaciones de la Isapre, que su tratamiento se ajuste al procedimiento de activación CAEC para su atención en la Red, y que su copago supere el deducible establecido.

El deducible corresponde a 30 veces el valor de su cotización pactada, con un mínimo de 60 UF y un máximo de 126. En caso de que el Beneficio CAEC sea utilizado por más de un beneficiario, o en más de una enfermedad catastrófica para un mismo beneficiario, el deducible total será de 43 cotizaciones pactadas, con un máximo de 181 UF. Cualquier gasto fuera de la Red no será contabilizado como parte de este deducible.

Algunos afiliados desconocen este Beneficio o se enteran tardíamente, y dado que su activación no es retroactiva, pierden la oportunidad de acceder a esta cobertura, debiendo asumir altos copagos con un impacto económico mayor.

Para acceder a esta cobertura bastará con presentar el informe médico respectivo, firmar una Solicitud de Activación de CAEC y aceptar el ingreso a la Red designada, todas cosas que se realizan en cualquier oficina de nuestra Isapre, ante la presunción de que la patología diagnosticada puede transformarse en una enfermedad catastrófica. Si no realiza este trámite, no estará cubierto por este beneficio, accediendo a la cobertura de su Plan Complementario de Salud contratado.

En caso de atención de urgencia con riesgo vital y de hospitalización impostergable fuera de la Red CAEC, el afiliado, o un representante, debe acudir de inmediato, o el primer día siguiente, a la oficina más cercana de la Isapre para concretar el trámite de activación a través del formulario respectivo. En estos casos, la Isapre dispone de un plazo de dos días hábiles para pacientes hospitalizados, y de 3 días hábiles en pacientes no hospitalizados, contados desde la formalización de la solicitud CAEC, para designar un prestador de la Red.

Conscientes de que una enfermedad catastrófica puede ocurrir en horarios y fechas inhábiles, Masvida ha dispuesto  una Línea de Orientación Médica Telefónica Gratuita, que opera los 365 días del año, las 24 horas del día. A este servicio se accede marcando el número 600 6000 262, opción 2 del menú, donde un equipo de profesionales entregará la orientación necesaria para acceder a la Red y cobertura requerida para cada caso en particular. 

O’Higgins 680, 4° piso, Oficina 401, Concepción, Región del Biobío, Chile.
Teléfono: (41) 2861577.

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