Chile avanza en la lucha contra el plastico

/ 5 de Octubre de 2021

Cubiertos, vasos, revolvedores, bombillas, envases y otros plásticos de un solo uso dejarán de utilizarse desde febrero de 2022 en establecimientos de expendio de alimentos preparados, como restaurantes, pubs, cafeterías y en el delivery.

Con fecha 13 de agosto de 2021 fue publicada en el Diario Oficial la Ley N° 21.368, que “Regula la entrega de plásticos de un solo uso y las botellas plásticas”. Dicha normativa -señala el Artículo 1° de sus Disposiciones Generales- busca proteger el medio ambiente y disminuir la generación de residuos. ¿Cómo? Mediante la limitación en la entrega de productos de un solo uso en establecimientos de expendio de alimentos, el fomento a la reutilización y certificación de dichos plásticos, y la regulación de las botellas plásticas desechables.

De este modo, la ley apunta a que el país se haga cargo de las más de 23 mil toneladas de plásticos de un solo uso que se calcula se generarían al año producto del funcionamiento de restaurantes, fuentes de soda, pubs, cafeterías y todo tipo de locales de comida preparada, además del delivery.

Álvaro Boehmwald, ingeniero ambiental, académico Facultad Ingeniería USS.

Y aunque es un gran avance para Chile en materia de sustentabilidad, su entrada en vigencia no será inmediata, sino que las normas contenidas en esta ley comenzarán a regir de forma progresiva a partir de los 6 meses de su publicación y hasta tres años después. Así lo detalla el ingeniero ambiental Álvaro Boehmwald, académico de la Facultad de Ingeniería de la USS, quien destaca que esta ley apunta a cambiar nuestros hábitos de consumo. “Busca obligarnos a pensar de otra manera las cosas que compramos, utilizamos y desechamos, y a dejar atrás la cultura de lo desechable para privilegiar el uso de productos reciclables o reutilizables”, afirma.

-¿Qué establece la ley 21.368?

-“Decreta la limitación de entrega por parte de locales que expendan comida preparada de productos de un solo uso, es decir, que no sean reciclables, compostables o reutilizables. Entre ellos, la ley cita: vasos, tazas, cubiertos, palillos, pocillos, bombillas, platos, copas, cajas o envases de comida preparada, bandejas, sachets, individuales y tapas (salvo las de botellas)”.

-¿Quedan afectos a esta disposición todos los locales que ofrecen comida?

-“Sí, todos. Incluso, deja sujeto a esta normativa el expendio de comida preparada dentro de las dependencias de los organismos públicos, salvo que por razones sanitarias, de emergencia o seguridad sea necesario entregar allí productos de un solo uso”.

-Entonces, ¿da igual que sea un gran restaurante o una pequeña cafetería?

-“Sí, aunque la ley hace una diferenciación según si los alimentos son consumidos dentro o fuera del establecimiento.

Si se trata de consumo dentro del local, se prohíbe la entrega de productos de un solo uso, cualquiera sea el material del que estén compuestos. En cambio, si los alimentos son retirados o pedidos por delivery, se permite al local entregar productos desechables de materiales valorizables distintos del plástico, o de plástico que el ministerio de Medio Ambiente haya certificado como reutilizable o que cuenta con un porcentaje de reciclaje previo”.

-¿O sea, igual podría llevarme a casa productos de un solo uso?

-“Sí, pero solo si los solicitas expresamente. No puede ofrecértelos el establecimiento. Además -y esto es lo que hace única esta ley- se les pide a los locales informar a los consumidores sobre cómo valorizar los residuos en los que se transformarán esos productos, y sensibilizarlos sobre el impacto ecológico de usarlos”.

-En el caso de las botellas plásticas, ¿qué dispone esta ley?

-“Obliga a los supermercados, almacenes de barrio y a todo comercializador de bebestibles a ofrecer, tanto en su venta presencial como electrónica, botellas retornables y, a la vez, a recibirlas de los consumidores.

En cuanto a las botellas desechables, permite su comercialización, pero solo si contienen material recolectado y reciclado en el país, y en porcentajes establecidos, que irán aumentando progresivamente”.

-¿Qué se entiende por bebestible: cualquier tipo de bebida, desde agua a licores?

-“No. La ley lo define claramente como cualquier líquido destinado al consumo humano, que no contiene alcohol ni productos lácteos”.

El desafío es innovar

-¿Cuándo entraría en vigencia esta ley?

-“Dará inicio de manera progresiva. A los seis meses de promulgada, es decir, desde febrero de 2022, los locales de expendio de alimentos ya no podrán entregar utensilios plásticos, como cubiertos, bombillas o revolvedores, y tampoco ningún envase de poliestireno expandido (plumavit).

También desde febrero del próximo año los supermercados estarán obligados a ofrecer botellas retornables a los consumidores, así como a recibir esos envases. Para el resto de los comercializadores de bebestibles, la norma comenzará a regir en agosto de 2023.

Finalmente, tres años después de la publicación de esta ley, los locales de expendio de alimentos tendrán la obligación de utilizar solo productos reutilizables cuando el consumo sea dentro del local, y de entregar productos desechables de plástico certificado o de materiales distintos al plástico, cuando el consumo sea fuera del establecimiento”.

-Adaptarse a estas restricciones va a ser especialmente complejo para las pequeñas empresas y emprendedores.

-“Efectivamente, pero en general tienen dos o tres años para adaptarse y, en el caso de expendios de alimentos, para buscar soluciones distintas al plástico, o materiales que se puedan reciclar o compostar. De hecho, ya hay locales que ofrecen cubiertos de madera o bombillas de bambú, lo que demuestra que hay empresas que se han preocupado de innovar respecto de los insumos que entregan a sus clientes. Eso es lo que deberán hacer todos.

Este paso hacia la sustentabilidad obviamente es un desafío para los pequeños locales, pero también para nosotros, como consumidores, que debemos aprender a escoger productos más sustentables. Recordemos que muchas empresas que incumplen las normativas existen porque nosotros seguimos comprando sus productos”.

-¿Qué sanciones arriesgan quienes incumplan la norma?

-“El incumplimiento implica una multa de entre una y cinco UTM por cada producto de un solo uso entregado en contravención a lo dispuesto en esta ley, o por cada botella plástica desechable que sea comercializada sin la certificación correspondiente.

También se sanciona, por ejemplo -y es lo interesante de esta ley-, a los establecimientos que no informen a sus clientes cómo valorizar los residuos generados por esos productos o no los sensibilicen sobre el impacto ecológico de usarlos. Ellos serán multados con entre una y veinte UTM mensuales”.

-La ley señala que las multas, que serán a beneficio municipal, dependerán de la capacidad económica del infractor. ¿Cómo se calcula ese piso?

-“Eso, al igual que otros detalles, como quiénes se eximen de cumplir la normativa respecto de la comercialización de botellas plásticas desechables, por ser pequeños comercializadores, aún no se ha determinado. Al ministerio del Medio Ambiente le corresponderá crear un Reglamento que clarifique y especifique todos esos aspectos, teniendo para ello 18 meses a partir de la publicación de la ley”.

-¿Qué entidades estarán involucradas en este proceso?

-“Primero, los municipios, que tendrán un rol protagónico en esto, pues les corresponderá fiscalizar el cumplimiento de las obligaciones previstas en la ley. Luego, el ministerio del Medio Ambiente, que estará encargado de certificar que un producto plástico (compostable o reciclable) cumple con los requisitos exigidos por esta normativa. Y, finalmente, la superintendencia del Medio Ambiente, que debe verificar el cumplimiento de los requisitos que señale el reglamento”.

-¿Cree que la ley alcance su objetivo?

-“Sí, creo que es una ley bien pensada, que va a lograr su finalidad: ir disminuyendo la cantidad de residuos que generamos. Esto porque, por un lado, va a abrir el mercado para el negocio de reciclaje, que antes no era bien valorizado, y por otro, logrará cerrar el ciclo de un producto, dándole una segunda vida. Y a eso le sumamos un tremendo plus, que es que apunta a cambiar nuestra conducta respecto del uso de elementos y materiales que son altamente contaminantes para el medio ambiente. Y si tomamos conciencia y cambiamos nuestros irresponsables hábitos de consumo ya tenemos la mitad del camino avanzado, porque debemos recordar que, al final, el mejor residuo es el que no se genera”.

O’Higgins 680, 4° piso, Oficina 401, Concepción, Región del Biobío, Chile.
Teléfono: (41) 2861577.

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