Entre la razón y el populismo

/ 19 de Enero de 2021
Álvaro Fernández Ferlissi Abogado

En épocas de la historia en que distintos grupos se enfrentan con el afán de lograr el poder, es inevitable observar la aparición de víctimas y cambios en el ordenamiento jurídico. Por otro lado, es inevitable también, advertir cómo la ideología, sin miramiento alguno, pretende destruir principios que gobiernan una determinada actividad.

Y eso es lo que está ocurriendo con la propuesta de impuesto constitucional al patrimonio en relación con los principios rectores del derecho tributario.

Diez diputados de la República han propuesto agregar a la constitución una disposición transitoria, en la que se establece, por una sola vez, un impuesto al patrimonio destinado a financiar una renta básica de emergencia, gravando con una tasa de 2,5 por ciento el patrimonio bruto de las personas naturales con domicilio en Chile, fijando como hecho gravado el tener un patrimonio superior a los 22 millones de dólares americanos al 31 de diciembre del 2019.

Lo llamativo del proyecto de reforma constitucional no solo es que aluda a una divisa inexistente, que denomina dólar americano, sino que propone transgredir y derogar los principios constitucionales de la igualdad en la repartición de las cargas públicas, la progresividad, el derecho de propiedad y el principio de no afectación específica. Todos principios que se han consolidado tras años de historia, y que tienen por objeto proteger al ciudadano frente al Estado, una función básica de la constitución.

Lo anterior, retrata fielmente el estado actual de las cosas. Nuestros legisladores no están cumpliendo con el deber de generar leyes de calidad, no obstante contar con cuantiosas dietas y asesorías millonarias. Si quieren discutir sobre el impuesto al patrimonio, no hay problema, pero háganlo dentro del marco de los principios constitucionales.

Como la esperanza de racionalidad nunca se pierde, tenemos confianza en que los nuevos redactores de la constitución se preocupen de hacerse asesorar en materias tributarias, pues no es menor la técnica legislativa que se debe emplear, ni mucho menos atender a los principios que gobiernan una determinada materia que, por algo existen.

Si alguno de los futuros constituyentes está leyendo esta columna, sería bueno que la nueva carta fundamental replicara los referidos principios, además del principio de legalidad, y que se obligue al Estado a informar a cada contribuyente, en forma individual y pormenorizada, cuánto es el dinero que ha pagado en forma anual al Estado y, por otro lado, se le obligue a expresar en forma detallada y pormenorizada, en qué gasta el dinero, prodigando en forma periodica estudios e informes vinculados con la eficiencia del gasto público.

Esta es la única forma de evaluar si un determinado gobierno está siendo eficiente en la administración de los recursos, y que los contribuyentes tomen conciencia respecto a si está ante un buen o mal gobierno. De ser virtuoso el fenómeno descrito, aumentará el cumplimiento voluntario de las obligaciones tributarias y, por tanto, la recaudación. Así ha ocurrido en países más desarrollados.

Si un chileno sabe que lo que paga en impuestos le beneficia directamente, y que no irá al tacho de las filtraciones, como las llama el informe del BID, el efecto es que el ciudadano tomará conciencia que no solo está llamado a aportar al erario nacional, sino que a controlar el buen uso de los recursos por parte de sus representantes, beneficiándonos todos.

El contenido vertido en esta columna de opinión es de exclusiva responsabilidad de su autor, y no refleja necesariamente la línea editorial de Revista NOS.

O’Higgins 680, 4° piso, Oficina 401, Concepción, Región del Biobío, Chile.
Teléfono: (41) 2861577.

SÍGUENOS EN NUESTRAS REDES SOCIALES