Información “Pública”

/ 25 de Octubre de 2006

El fallo de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que condenó al  Estado chileno por negar el acceso a información pública a dos integrantes de ONGs y a un ex Diputado será un antecedente importante a considerar para aquellos funcionarios públicos encargados de suministrar estos antecedentes.La resolución obliga al Gobierno chileno a que en un plazo razonable adopte las medidas necesarias para garantizar el derecho de acceso a la información pública que esté bajo control del Estado. Para ello, dice, deberá realizar una capacitación a los órganos, autoridades y agentes públicos llamados a atender este tipo de solicitudes.Este fallo favorece a quienes en 1998 pidieron antecedentes al Comité de Inversiones Extranjeras sobre el proyecto que la forestal Trillium pretendía desarrollar en la Duodécima Región, y que al no obtenerla decidieron recurrir a esta Corte Interamericana.El dictamen abre una nueva ventana para  los ciudadanos comunes y corrientes que al momento de querer ejercer este derecho  asociado al derecho de información y a la libertad de expresión, en ocasiones chocan con las actitudes de algunos funcionarios del Estado que no ajustan su proceder a este principio que fue recogido en la última modificación constitucional del  2005, en el artículo octavo,  que incorporó los principios de publicidad y transparencia de los actos administrativos.El acceso a la información pública es un derecho por el cual toda persona puede tener conocimiento de los antecedentes que se encuentran en cualquier entidad estatal. Conocer esta información permite a los ciudadanos ejercer una crítica fundamentada y un correcto control sobre las políticas públicas. No debemos olvidar que la participación ciudadana no se agota en la elección popular de sus autoridades. Por el contrario. Las sociedades democráticas como la nuestra promueven y alientan un debate informado para que las opiniones de sus ciudadanos sean contempladas en el diseño de políticas y en la toma de decisiones.  Sin embargo, la cultura del secretismo que se revela en ciertas conductas de algunos funcionarios públicos en nada contribuyen a estos objetivos. De allí la necesidad de que el conocimiento de la norma sea traspasado a estas instancias para que este principio no sea vulnerado.

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